¿Qué es el programa Kit Digital?
El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, dirigida a autónomos, microempresas y pymes, de cualquier sector o tipología de negocio, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales con ayudas económicas, a través de un Bono Digital. Tu empresa puede ser una de ellas.
Soluciones de Digitalización que ofrecemos dentro del ámbito del programa Kit Digital
Ayudamos a las empresas en su proceso de digitalización a través de la creación de páginas web, tiendas online, programas de gestión empresarial y servicios de marketing digital. En Haleteo te acompañamos en el Programa Kit Digital desde la solicitud de la ayuda a la implantación de las soluciones que desees adoptar para tu empresa.
En Haleteo te acompañamos en el Programa Kit Digital desde la solicitud de la ayuda a la implantación de las soluciones que desees adoptar para tu empresa.
- Sitio Web y Presencia en Internet
- Comercio Electrónico
- Gestión de Redes Sociales
- Gestión de Clientes
- Business Intelligence y Analítica
- Gestión de Procesos
- Presencia Avanzada en Internet
- Marketplace
Importe máximo del Bono Digital
El importe máximo del Bono Digital dependerá del tamaño de tu empresa:
Segmento de beneficiarios | Importe bono digital |
---|---|
Segmento I. Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados | 12.000 € |
Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados | 6.000 € |
Segmento III. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 1 y menos de 3 empleados y personas en situación de autoempleo | 2.000 € |
Para cada solución que desees adoptar hay un importe máximo de ayuda en función del tamaño de tu empresa. Accede a nuestras soluciones para conocer cuáles son.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la ayuda?
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas mínimos (de pequeña cuantía).
¿Cómo se solicita la ayuda?
Se solicita a través de la plataforma Acelera Pyme.
Contáctanos y te informamos sin compromiso.
Agente Digitalizador del programa Kit Digital del Gobierno de España
Esta información está asociada a la convocatoria de ayudas del Programa Kit Digital.
El programa Kit Digital se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025. Está financiado por la Unión Europea – Next Generation EU.