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¿Qué es el programa Kit Digital?

El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, dirigida a autónomos, microempresas y pymes, de cualquier sector o tipología de negocio, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales con ayudas económicas, a través de un Bono Digital. Tu empresa puede ser una de ellas.

Soluciones de Digitalización que ofrecemos dentro del ámbito del programa Kit Digital

Ayudamos a las empresas en su proceso de digitalización a través de la creación de páginas web, tiendas online, programas de gestión empresarial y servicios de marketing digital. En Haleteo te acompañamos en el Programa Kit Digital desde la solicitud de la ayuda a la implantación de las soluciones que desees adoptar para tu empresa.

En Haleteo te acompañamos en el Programa Kit Digital desde la solicitud de la ayuda a la implantación de las soluciones que desees adoptar para tu empresa.

  • Sitio Web y Presencia en Internet
  • Comercio Electrónico
  • Gestión de Redes Sociales
  • Gestión de Clientes
  • Business Intelligence y Analítica
  • Gestión de Procesos
  • Presencia Avanzada en Internet
  • Marketplace

Importe máximo del Bono Digital

El importe máximo del Bono Digital dependerá del tamaño de tu empresa:

Segmento de beneficiarios Importe bono digital
Segmento I. Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados 12.000 €
Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados 6.000 €
Segmento III. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 1 y menos de 3 empleados y personas en situación de autoempleo 2.000 €

Para cada solución que desees adoptar hay un importe máximo de ayuda en función del tamaño de tu empresa. Accede a nuestras soluciones para conocer cuáles son.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la ayuda?

  • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
  • Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
  • Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
  • No tener consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas mínimos (de pequeña cuantía).

¿Cómo se solicita la ayuda?

Se solicita a través de la plataforma Acelera Pyme.

Contáctanos y te informamos sin compromiso.

Agente Digitalizador del programa Kit Digital del Gobierno de España


Esta información está asociada a la convocatoria de ayudas del Programa Kit Digital.

El programa Kit Digital se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025. Está financiado por la Unión Europea – Next Generation EU.

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